D.O.F. 16/01/2012
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Instructivo de trámite para obtener la
autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado
estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1. |
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¿Quiénes lo
realizan? Personas morales. |
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¿Cómo se
realiza? Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante
la Ventanilla Digital. |
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¿Dónde se
presenta? Ante la ACRA o mediante la Ventanilla Digital. |
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¿Qué
documento se obtiene? Oficio de autorización para destinar mercancías al
régimen de recinto fiscalizado estratégico. |
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¿Cuándo se
presenta? En el caso de que personas morales se encuentren
interesadas en destinar mercancía al régimen de recinto fiscalizado
estratégico. |
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¿Cuándo se
emite la resolución? La AGA emitirá la autorización correspondiente en un
plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la
solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que
corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del
artículo 37 del Código. |
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Requisitos
generales: A. Solicitud de Autorización para destinar mercancías al
régimen de recinto fiscalizado estratégico: 1. Copia certificada del acta constitutiva y, en su
caso, modificaciones a la misma, en donde sean visibles los datos de
inscripción en el Registro Público de Comercio. 2. Copia certificada del documento con el
cual se acredite el legal uso o goce del inmueble. 3. En el caso de personas morales que se
encuentren inscritas en el registro del despacho de mercancías de las
empresas para efectuar importaciones mediante el procedimiento de revisión en
origen o en el registro de empresas certificadas, a que se refieren los
artículos 100 y 100-A de la Ley; que cuenten con autorización de depósito
fiscal para el ensamble y fabricación de vehículos, o con Programa IMMEX,
ECEX o ALTEX por parte de la SE, deberán manifestarlo indicando el número de
registro o autorización que les haya sido asignado. 4. Descripción general de las actividades o
servicios que se pretendan desarrollar dentro del inmueble, de conformidad
con lo previsto en el artículo 135-B, primer párrafo de la Ley. 5. Programa de inversión, el cual contendrá
los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o
adaptaciones a realizar, señalando el monto en moneda nacional de la
respectiva inversión y los plazos en que se efectuarán las inversiones. 6. Dos juegos de planos impresos y
digitalizados en disco compacto con formato Autocad,
en los que se identifique la superficie en que se pretenda operar el régimen
de recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que se
establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página
electrónica www.aduanas.gob.mx. 7. La propuesta deberá considerar la
instalación de circuito cerrado de televisión y demás medios de control
conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados
Estratégicos en la página electrónica www.aduanas.gob.mx. 8. Escrito firmado por el representante
legal, a través del cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que su
representada, así como sus accionistas cuentan con solvencia económica, así
como con capacidad técnica, administrativa y financiera. 9. Documentación certificada con la que se
acredite la representación legal de la persona que firme la solicitud, con
poder para actos de administración. 10. El comprobante de pago realizado a través
del esquema e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el
artículo 40, inciso ñ) de la LFD. 11. Opinión positiva sobre el cumplimiento de
obligaciones fiscales. B. Tratándose de solicitudes de autorización para
destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado para la elaboración,
transformación o reparación, adicionalmente a los requisitos señalados en el
apartado A del presente instructivo, se estará a lo siguiente: 1. Para los efectos del numeral 1 del
apartado A del presente instructivo, se deberá acreditar como mínimo un
capital fijo pagado de $1’000,000.00. 2. Anexar una descripción detallada del
proceso productivo que incluya la capacidad instalada de la empresa para
procesar las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado
estratégico. 3. Anexar un listado que contenga la
descripción comercial, así como la descripción y fracción arancelaria
conforme a la TIGIE, de los productos que resultarían de los procesos de
elaboración, transformación o reparación, así como para cada uno de ellos, la
descripción comercial y la descripción y fracción arancelaria conforme a la
TIGIE de las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado
estratégico para llevar a cabo dichos procesos. C. Tratándose
de empresas que soliciten una autorización de recinto fiscalizado estratégico
dentro de un recinto portuario o colindante al mismo, a una Administración
Portuaria Integral, además de la documentación señalada en los apartados A y
B del presente instructivo deberán proporcionar lo siguiente: 1. Documento con el que acredite su legal
establecimiento dentro del recinto portuario. 2. Cumplir con los lineamientos en materia
de operación, seguridad y control que determine la ACPA. |
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Datos y
documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la
Ventanilla Digital. Datos: 1. Manifestación
bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral y sus
accionistas cuentan con solvencia económica, así como con capacidad técnica,
administrativa y financiera. Documentos
(requisitos): 1. Documento
con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble. 2. Programa
de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las
obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar, señalando el monto en
moneda nacional de la respectiva inversión y los plazos en que se efectuarán
las inversiones. La propuesta considerando la
instalación de circuito cerrado de televisión y demás medios de control
conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados
Estratégicos en la página electrónica www.aduanas.gob.mx. 3. Planos,
en los que se identifique la superficie en que se pretenda operar el régimen
de recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que se
establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página
electrónica www.aduanas.gob.mx. 4. Pago
de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema e5cinco,
con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso ñ)
de la LFD. 5. Opinión
positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. A. Tratándose de solicitudes de autorización para
destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado para la elaboración,
transformación o reparación, adicionalmente a los requisitos señalados en el
apartado A del presente apartado, deberá adjuntar: Datos: 1. Manifestación
bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral cuenta como
mínimo con un capital fijo pagado de $1’000,000.00. Requisitos: 1. Listado
que contenga la descripción comercial, así como la descripción y fracción
arancelaria conforme a la TIGIE, de los productos que resultarían de los
procesos de elaboración, transformación o reparación, así como para cada uno
de ellos, la descripción comercial y la descripción y fracción arancelaria
conforme a la TIGIE de las mercancías que se destinen al régimen de recinto
fiscalizado estratégico para llevar a cabo dichos procesos. B. Tratándose de empresas que soliciten una autorización
de recinto fiscalizado estratégico dentro de un recinto portuario o
colindante al mismo, a una Administración Portuaria Integral, además de la
documentación señalada en los apartados A y B del presente apartado deberán
proporcionar lo siguiente: 1. Documento
con el que acredite su legal establecimiento dentro del recinto portuario. 2. Cumplir
con los lineamientos en materia de operación, seguridad y control que
determine la ACPA. |
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Disposiciones
jurídicas aplicables: Artículo 135-A de la Ley,
reglas 1.2.2., 1.1.3. y 4.8.1. |